El fin, ¿Justifica los medios?
Por
Angel R. Cepeda Dovala
Es muy frecuente que en instituciones públicas y privadas, se den situaciones de “Abuso de Confianza”; tomemos el caso, de Instituciones de Educación Superior (IES), donde algunos personas “Funcionarios”, menoscaben y denigren espiritual y materialmente, a otras personas, por intereses mezquinos del dinero, de apropiarse de lo que no es suyo, repartir lo que no es suyo, con la carencia real de dirigir el buen desempeño de una función determinada en alguna institución.
En estos hechos negativos indicados en el párrafo anterior: los fines ¿Justifican los medios?, la RESPUESTA ES: ¡NO!, ES DECIR, LOS FINES NO JUSTIFICAN LOS MEDIOS. ¿Por qué? Porque el resultado es un engaño a los demás, que atenta a la Dignidad de la Persona Humana y al Bien Común de las (IES). ¿Y el Código de Ética de su Institución? ¿Dónde quedo?
Nuevamente, reflexionando sobre el fin y los medios, surge la interrogante: El fin ¿Justifica los medios? Veamos que nos dice uno de los grandes pensadores, llamado el Doctor Angélico: Santo Tomás de Aquino, del cual llevan el nombre de ese Santo muchas Instituciones de Educación Superior en la Unión Americana (USA) y en otros países: “No se puede justificar una acción mala por el hecho que la intención sea buena” [1]. El buen accionar de las personas de un acto moralmente bueno supone a la vez la bondad del objeto, del fin y por supuesto de las circunstancias. [2]
Luego entonces surge una interrogante: ¿Qué será más fácil Ud. corregir o aceptar la corrección?, si en su empresa se presenta una persona que atenta contra la Confianza (Abuso de Confianza), Usted ¿Le dará como premio, que siga en su puesto, para mejorar el Proyecto o Programa Institucional Universitario?, o ¿Pondrá una nueva persona que no dañe a la Institución?
Una persona que no acepta correcciones es una persona que no sabe corregir a los demás, pues la ceguera de su egoísmo y autosuficiencia, no le permiten ver más allá de su nariz y de sus intereses propios, ¡Que soberbia de energúmenos y energúmenas! ¿No cree Ud.?
Desde luego en las instituciones serias, un “Abuso de Confianza”, se corrige cambiando al “Funcionario”, por anteponer sus principios personales en menoscabo de los Nobles Principios, Criterios y Valores Institucionales, plasmados en la Ley Orgánica Universitaria o en los Códigos de Ética de las IES. [3]
PAZ Y BIEN
ARCD
Notas
ARCD
Notas
[1] Cf. Santo Tomás de Aquino: Sa dec. Praec. 6.
[2] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica N°1750 al 1761.
[3] Cf. Código de Ética de su institución, y desarrolle sus dos Competencias de aprendizaje de Bioética: Análisis y Síntesis, y Concluya, con cuál Valor ético-moral se corrige, con apego al Derecho, el delito: “Abuzo de Confianza”. ¿Quién debe hacer la corrección?