domingo, 20 de octubre de 2013

Nota Informativa: Contraloría Interna y la Inhabilitación de Servidores Públicos en la UAAAN

Nota Informativa: Contraloría Interna y la Inhabilitación de Servidores Públicos en la UAAAN
 
Por
 
Angel R. Cepeda Dovala
“Todo a su tiempo”
 Leer y meditar del libro Eclesiastés capítulo 3 completo
 
Recientemente en los distintos medios de comunicación en Saltillo Coahuila, ha salido la noticia de la inhabilitación de distintos funcionarios públicos en relación con las Irregularidades encontradas por la Auditoria Superior de la Federación (ASF) a la UAAAN durante el año 2011 a la actual administración (Noviembre de 2010-Noviembre 2014) la cual ha dado a conocer de forma parcial a los medios su punto de vista, tan es así que en el sitio oficial los dos últimos documentos publicados en uno de ellos se lava las manos contra sus subalternos y refleja que él está libre de toda culpa, y en el otro comunicado aparecen las firmas de Consejeros Universitarios, está plagado de impresiones y de mentiras calumniosas como las que está acostumbrado a decir el Inhabilitado Rector, pues dice: “Se aprueba la iniciativa presentada por el Rector para realizar un Congreso Institucional,…”, la iniciativa fue del H. Consejo Universitario (Cf. Comunicado calumnioso dirigido a la Comunidad Universitaria y ala Opinión Pública con fecha 13 de Octubre de 2013; pero, lo que no dice el Inhabilitado Rector es que existe un Documento de la Contraloría Interna y que no aparece lamentablemente en el sitio oficial www.uaaan.mx y con la finalidad de Informar Imparcialmente practicando el Valor de la Transparencia para que los Universitarios de la UAAAN y a la misma Opinión Pública conozca el otro punto de vista, a continuación se divulga íntegramente el OFICIO CI*241 dirigido por la Contraloría Interna de la UAAAN al H. Consejo Universitario con fecha 10 DE OCTUBRE 2013 en cuyo Asunto se menciona que se comunica suspensión de servidor público y se solicita se giren instrucciones correspondientes; dicho Oficio y su Contenido (26 Hojas) fue dado a conocer en una Reunión Informativa en el Auditorio de Postgrado de la Universidad con fecha 11 de Octubre de 2013, haciéndose alusión que el documento se había enviado tanto por escrito en papel y por correo electrónico Internet:
 
UAAAN. CONTRALORÍA INTERNA, Buenavista, Saltillo Coahuila. CP 25315
OFICIO CI*241. 10 DE OCTUBRE 2013. Asunto: Se comunica suspensión de servidor público y se solicita se giren instrucciones correspondientes.
 
H. CONSEJO UNIVERSITARIO
ATENCION: C.C. INTEGRANTES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO
PRESENTES
 
Por medio del presente hago de su conocimiento que derivado de la denuncia y promoción de responsabilidad administrativa que formuló la H. Auditoría Superior de la Federación, de la H. Cámara de Diputados, con motivo de la observación número 11-9-99MGH-06-0403-08-007 derivada de la auditoría número 403, practicada a la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, así como sus anexos, de los que se advierten actos u omisiones atribuibles al C. DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, en su calidad de RECTOR Y PRESIDENTE DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UAAAN, en este Organismo Público Descentralizado, la Contraloría Interna a mi cargo con base en las facultades y atribuciones que le confiere a su titular el Estatuto Universitario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, dio inicio al procedimiento administrativo de investigación que se identificó como I-C.I./UAAAN/002/2013, dentro del cual se emitió el siguiente acuerdo:
 
“…
En Buena Vista, Saltillo, Coahuila, a dos (03) de octubre de dos mil trece (2013), en la sede que ocupa la Contraloría  Interna de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, doy cuenta con lo siguiente:------------------------------------
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VISTOS. Para acordar los autos del expediente administrativo en que se actúa, integrado con motivo de la denuncia y promoción de responsabilidad administrativa que formula la H. Auditoría Superior de la Federación, de la H. Cámara de Diputados, con motivo de la observación número 11-9-99MGH-06-0403-08-007 derivada de la auditoría número 403, practicada a la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, así como sus anexos, de los que se advierten actos u omisiones atribuibles a los CC. DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, quienes se desempeñaban en la época de los hechos como RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES, respectivamente, en este Organismo Público Descentralizado, los cuales hace consistir en que dichos servidores públicos durante su gestión:-----------
 
“…autorizaron o efectuaron pagos por 18,433.7 miles de pesos, y que omitieron realizar algún procedimiento de adjudicación para la subcontratación de prestadores de servicios a fin de cumplir los compromisos estipulados en 5 convenios específicos suscritos con instituciones públicas; y que omitieron la formalización de contratos en donde se establecieran los servicios subcontratados, el monto de los recursos que se les pagaría y la forma de garantizar la adecuada prestación de los servicios, por lo tanto no fue posible comprobar si los pagos realizados a dichas personas físicas contaron con la documentación justificativa que determinó la obligación de realizarlos, y si los entregables corresponden a los servicios efectivamente prestados. …”-----------------
 
“… Con la revisión de los registros contables, de los controles administrativos de la UAAAN, de los recibos del pago de honorarios y de los expedientes de la documentación comprobatoria del gasto, se constató que en la Unidad de Proyectos Especiales se ejercieron recursos por 37,985.4 miles de pesos con cargo a la partida 3304 “Otras Asesorías para la operación de programas” con motivo de la subcontratación de servicios requeridos para cumplir los compromisos establecidos en 95 convenios vigentes en 2011, formalizados para la prestación de servicios prestados por la UAAAN a instituciones federales y estatales. …”-----------
 
“… Se revisó una muestra, determinada a juicio con el criterio de seleccionar lo (sic) valores más representativos, de los pagos realizados por 18,433.7 miles de pesos, a los prestadores de servicios subcontratados para atender los compromisos en 5 de los convenios formalizados. …”----------------------------------------------------------------------------------------------------
“… Con motivo de la reunión de la presentación de resultados preliminares, mediante oficio DPE-132 del 5 de octubre de 2012, la UAAAN argumentó que en cuanto a los servicios subcontratados de profesionales hasta 2011, no se cuenta con contratos, perfiles y currícula de los prestadores de servicios. Asimismo, informó que en el ejercicio 2012 se están integrando los expedientes de los prestadores de servicios conforme a la observación de la auditoría y anexo circular con fecha 1 de octubre de 2012, dirigida a todos los responsables de proyectos especiales, firmada por el Director Ejecutivo del Patronato Universitario. …”
 
“… Sin embargo, no presentó evidencia que acredite que haya cumplido con la realización de algún procedimiento de adjudicación ni de la formalización de contratos en donde se establecen los compromisos de los servicios subcontratados, como el monto de los recursos que se les pagaría y la forma de garantizar la adecuada prestación de servicios, por lo que la observación permanece. …”----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
 
Con base en lo cual el suscrito como Titular de la Contraloría Interna de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, de conformidad a lo establecido en la Fracción V del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, determina la SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS CC. DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA DEL CARGO QUE CADA UNO TIENE CONFERIDO EN ESTE ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, ya que:---------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO:
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1. Con oficio número OAED/191/2012 de fecha doce (12) de junio de dos mil doce (2012), la H. Auditoría Superior de la Federación de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, ordenó realizar una auditoría a la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2011, a partir del catorce (14) de junio de dicha anualidad, con número de auditoría 403 denominada “Desempeño Institucional”.----------------------------------------------------------------
2. Con oficio número OASF/0255/2013 de fecha veinte (20) de febrero de dos mil trece (2013), el C. Auditor Superior de la Federación, de la H. Auditoría Superior de la Federación, de la H. Cámara de Diputados, C.P.C. JUAN MANUEL PORTAL MARTÍNEZ, formuló las recomendaciones y, en su caso, las recomendaciones al desempeño y las solicitudes de aclaración, a efecto de que la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, fiscalizada con la práctica de la Auditoría Número 403, presentara la información y realizara las consideraciones que estimare pertinentes para la solventación o aclaraciones de las acciones promovidas.  
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3. Mediante oficio número REC/1711 de fecha doce (12) de abril dos mil trece (2013) el C. Rector de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, DR. ELADIO H. CORNEJO OVIEDO, formuló respuesta puntual a cada resultado, con su respectiva acción y recomendación, con la evidencia correspondiente, a las recomendaciones al desempeño y las solicitudes de aclaración, dadas a conocer mediante el referido oficio número OASF/0255/2013.------------------------------------------------------
4. Con el “Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, en lo que corresponde a la Auditoría Especial 11-4-99MGH-06-0403”, el C. Auditor Superior de la Federación, de la H. Cámara de Diputados, C.P.C. JUAN MANUEL PORTAL MARTÍNEZ, hizo del conocimiento al C. Rector de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, DR. ELADIO H. CORNEJO OVIEDO, los resultados de la Auditoría Número 403, de tipo Especial denominada “Desempeño Institucional”, con motivo del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización de la Cuenta Pública 2011, en lo relativo al cumplimiento de objetivos y metas establecidas en materia de capacidad, competitividad e innovación académica, así como de la gestión institucional, del que se desprenden OBSERVACIONES DE PROCEDIMIENTO Y RECOMENDACIONES al Organismo Público Descentralizado denominado Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, que podrían constituir responsabilidades administrativas por ACTOS U OMISIONES ATRIBUIBLES A SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO, ya que las mismas no fueron solventadas en su oportunidad.---------------------------------------------------------------------------------
5. Derivado del resultado y las observaciones hechas por la H. Auditoría Superior de la Federación de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2011, con número de auditoría 403 denominada “Desempeño Institucional”, ésta denunció y efectuó la promoción de responsabilidad administrativa con motivo de la observación número 11-9-99MGH-06-0403-08-007, con sus respectivos anexos, de los que advierte actos u omisiones atribuibles a los CC. DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, quienes se desempeñaban en la época de los hechos como RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES, los cuales hace consistir en que dichos servidores públicos durante su gestión:----------------------------------------------------------------------
 
“…autorizaron o efectuaron pagos por 18,433.7 miles de pesos, y que omitieron realizar algún procedimiento de adjudicación para la subcontratación de prestadores de servicios a fin de cumplir los compromisos estipulados en 5 convenios específicos suscritos con instituciones públicas; y que omitieron la formalización de contratos en donde se establecieran los servicios subcontratados, el monto de los recursos que se les pagaría y la forma de garantizar la adecuada prestación de los servicios, por lo tanto no fue posible comprobar si los pagos realizados a dichas personas físicas contaron con la documentación justificativa que determinó la obligación de realizarlos, y si los entregables corresponden a los servicios efectivamente prestados. …”-----------------
 
“… Con la revisión de los registros contables, de los controles administrativos de la UAAAN, de los recibos del pago de honorarios y de los expedientes de la documentación comprobatoria del gasto, se constató que en la Unidad de Proyectos Especiales se ejercieron recursos por 37,985.4 miles de pesos con cargo a la partida 3304 “Otras Asesorías para la operación de programas” con motivo de la subcontratación de servicios requeridos para cumplir los compromisos establecidos en 95 convenios vigentes en 2011, formalizados para la prestación de servicios prestados por la UAAAN a instituciones federales y estatales. …”-----------
 
“… Se revisó una muestra, determinada a juicio con el criterio de seleccionar lo (sic) valores más representativos, de los pagos realizados por 18,433.7 miles de pesos, a los prestadores de servicios subcontratados para atender los compromisos en 5 de los convenios formalizados. …”----------------------------------------------------------------------------------------------------
 
“… Con motivo de la reunión de la presentación de resultados preliminares, mediante oficio DPE-132 del 5 de octubre de 2012, la UAAAN argumentó que en cuanto a los servicios subcontratados de profesionales hasta 2011, no se cuenta con contratos, perfiles y currícula de los prestadores de servicios. Asimismo, informó que en el ejercicio 2012 se están integrando los expedientes de los prestadores de servicios conforme a la observación de la auditoría y anexo circular con fecha 1 de octubre de 2012, dirigida a todos los responsables de proyectos especiales, firmada por el Director Ejecutivo del Patronato Universitario. …” 
 
“… Sin embargo, no presentó evidencia que acredite que haya cumplido con la realización de algún procedimiento de adjudicación ni de la formalización de contratos en donde se establecen los compromisos de los servicios subcontratados, como el monto de los recursos que se les pagaría y la forma de garantizar la adecuada prestación de servicios, por lo que la observación permanece. …”----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por lo que: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
 
CONSIDERANDO:
 
l. El Titular de la Contraloría Interna en la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, es competente para emitir el presente acuerdo, de conformidad a lo establecido en los artículos 108, 109 Fracción lll y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21 Fracción V de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, aplicable al caso que nos ocupa; así como el artículo 148 Fracciones I, II, V, VIII y IX del Estatuto Universitario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ll. Del estudio y análisis de las constancias que corren agregadas en autos, así como a las particularidades del presente asunto, se determina la procedencia de suspender temporalmente a los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, de conformidad a lo que establece la Fracción V del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, lo anterior sin prejuzgar sobre la probable responsabilidad administrativa que se les imputa a los mencionados involucrados.--------------------------
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Ill. Sobre, el particular, es de señalarse que de conformidad a lo establecido en el artículo 148 Fracciones I, II, V, VIII y IX del Estatuto Universitario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, en correlación con el 21 Fracción V de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, el Titular de la Contraloría Interna en la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, cuenta con atribuciones para:----------------------------------------------------------------------------
"Articulo 148.- Son facultades y atribuciones del Contralor de la Universidad:
 
I. Fijar y dirigir la política de la Universidad en materia de control, vigilancia, fiscalización, supervisión, evaluación, desarrollo administrativo y de patrimonio inmobiliario de conformidad con lo dispuesto en las leyes y normas vigentes en la materia.
 
II. Vigilar que se cumpla con la normatividad y disposiciones aplicables en materia de administración presupuestal y patrimonial, e investigar la existencia de posibles violaciones.
 
V. Vigilar e inspeccionar, que la programación, ejercicio y destino del presupuesto de egresos de la universidad se aplique de conformidad con las disposiciones legales y administrativas establecidas.
 
VIII. Conocer e investigar los actos, omisiones o conductas de los servidores universitarios que puedan constituir responsabilidades administrativas y, en su caso, ordenar los procedimientos disciplinarios y/o aplicación de sanciones a que se hagan acreedores de conformidad con lo dispuesto en el presente estatuto y reglamentación aplicable.
 
IX. Establecer, dirigir y evaluar la política de responsabilidades, declaración de situación patrimonial y entrega/recepción del puesto por cambio de titular de los servidores universitarios, de conformidad con lo dispuesto en el presente estatuto, reglamentación y disposiciones aplicables.
…”
"Articulo 21.- Previa, o posterior al citatorio, al presunto responsable, la Secretaría, el contralor interno o el titular del área de responsabilidades podrá determinar la suspensión temporal de su empleo, cargo o comisión si a su juicio así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones. La suspensión temporal no prejuzga sobre la responsabilidad que se impute. La determinación de la Secretaría, del contralor interno o del titular del área de responsabilidades hará constar expresamente esta salvedad".
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De lo anteriormente expuesto se advierte la facultad que tiene el Contralor Interno de decretar, si a su juicio resulta conveniente para la investigación en contra de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, la suspensión del empleo, cargo o comisión de los servidores públicos involucrados en la investigación.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ahora bien, y toda vez que derivado de la naturaleza de la presunta irregularidad atribuible a los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, quienes se desempeñan como RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES, consiste en que:--------------------------------------
 “…autorizaron o efectuaron pagos por 18,433.7 miles de pesos, y que omitieron realizar algún procedimiento de adjudicación para la subcontratación de prestadores de servicios a fin de cumplir los compromisos estipulados en 5 convenios específicos suscritos con instituciones públicas; y que omitieron la formalización de contratos en donde se establecieran los servicios subcontratados, el monto de los recursos que se les pagaría y la forma de garantizar la adecuada prestación de los servicios, por lo tanto no fue posible comprobar si los pagos realizados a dichas personas físicas contaron con la documentación justificativa que determinó la obligación de realizarlos, y si los entregables corresponden a los servicios efectivamente prestados. …”-----------------
 
“… Con la revisión de los registros contables, de los controles administrativos de la UAAAN, de los recibos del pago de honorarios y de los expedientes de la documentación comprobatoria del gasto, se constató que en la Unidad de Proyectos Especiales se ejercieron recursos por 37,985.4 miles de pesos con cargo a la partida 3304 “Otras Asesorías para la operación de programas” con motivo de la subcontratación de servicios requeridos para cumplir los compromisos establecidos en 95 convenios vigentes en 2011, formalizados para la prestación de servicios prestados por la UAAAN a instituciones federales y estatales. …”-----------
 
“… Se revisó una muestra, determinada a juicio con el criterio de seleccionar lo (sic) valores más representativos, de los pagos realizados por 18,433.7 miles de pesos, a los prestadores de servicios subcontratados para atender los compromisos en 5 de los convenios formalizados. …”----------------------------------------------------------------------------------------------------
 
“… Con motivo de la reunión de la presentación de resultados preliminares, mediante oficio DPE-132 del 5 de octubre de 2012, la UAAAN argumentó que en cuanto a los servicios subcontratados de profesionales hasta 2011, no se cuenta con contratos, perfiles y currícula de los prestadores de servicios. Asimismo, informó que en el ejercicio 2012 se están integrando los expedientes de los prestadores de servicios conforme a la observación de la auditoría y anexo circular con fecha 1 de octubre de 2012, dirigida a todos los responsables de proyectos especiales, firmada por el Director Ejecutivo del Patronato Universitario. …”    
 
“… Sin embargo, no presentó evidencia que acredite que haya cumplido con la realización de algún procedimiento de adjudicación ni de la formalización de contratos en donde se establecen los compromisos de los servicios subcontratados, como el monto de los recursos que se les pagaría y la forma de garantizar la adecuada prestación de servicios, por lo que la observación permanece. …”----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
 
Resulta procedente decretar la suspensión del cargo en contra de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, ya que la misma tiene como fundamento que, en su carácter de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES, respectivamente, ejerzan funciones que les permitirían tener al alcance y plena disposición los medios necesarios para implementar acciones tendientes a evadir la responsabilidad en que hubiere incurrido derivado de la comisión de las irregularidades que se le pudieran atribuir, entre las que se podría incluir la alteración de elementos de prueba, o bien la creación de diversos medios que pudiesen desvanecer los hechos irregulares que se le atribuyen en la presente investigación que se desarrolla por esta Contraloría en el expediente al rubro citado.-------------------------
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De ahí que se considere que la suspensión temporal del cargo que actualmente ostentan los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, como RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, resulta necesario y conveniente para la sustanciación del Procedimiento Administrativo correspondiente, que se tramita en esta Contraloría Interna; dicha medida es importante puesto que a través del ejercicio de la misma y sin que ello implique prejuzgar sobre la existencia de la responsabilidad, se podría evitar una eventual continuidad de la comisión de esta clase de irregularidades, posibilitándose con ello el debido esclarecimiento de los hechos que nos ocupan.---------------------------------------------------------------------------
En atención a lo antes manifestado, habiendo expuesto las razones y fundamentos que se consideran suficientes para la sustanciación de la investigación del expediente administrativo en el ejercicio de la facultad que a esta autoridad confieren los artículos 21 Fracción V de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y 148 Fracciones I, II, V, VIII y IX del Estatuto Universitario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, suspéndase del cargo que actualmente ocupan los servidores públicos mencionados, recalcándose que el ejercicio de la citada medida cautelar, no prejuzga sobre la responsabilidad administrativa que se les imputa a éstos.-----------------------------------------------------------------------------------
De lo anterior, se puede advertir que el ejercicio de la misma, en tanto se trate de una medida cautelar, no constituye un acto privativo.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
 
Con fundamento en lo dispuesto en el segundo párrafo de la Fracción V del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, suspéndanse los efectos del acto que haya dado origen a la ocupación de los cargos desde el momento en que sean notificados los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de como RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, hasta en tanto así se considere necesario; hágase del conocimiento de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, que al momento de recibir la legal notificación del presente proveído, surtirá plenos efectos la medida decretada. Asimismo, gírese atento oficio a los Representantes de las Comisiones del H. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, para que como Órgano Máximo de Representación de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, provean lo conducente respecto de la medida cautelar determinada en contra de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.--------------------------------------------------------------------------
 
En términos de lo dispuesto por el tercer párrafo de la aludida Fracción V del artículo 21 de la Ley en cita, la suspensión temporal que se decreta, dejará de surtir efectos cuando así lo determine el suscrito Titular de la Contraloría Interna de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, previa evaluación del estado procedimental relativo al expediente que se sustancia en esta área o hasta en tanto sea resuelto el caso que nos ocupa, en la inteligencia que la suspensión temporal decretada debe permanecer, en principio, durante el tiempo que resulte estrictamente necesario para la sustanciación de la investigación que se sustenta en esta Área o bien, de ser el caso en la integración del expediente respectivo, atendiendo a los criterios prudentes y de razonabilidad.   
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En atención a lo dispuesto en el cuarto párrafo de la fracción V del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se hace del conocimiento de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, que en el supuesto de que esta Autoridad Administrativa determine que no es responsable de las conductas irregulares que se les atribuyen, estará obligado a restituirlos en el goce de sus derechos e instruirá se les cubran las percepciones que debieron recibir durante el tiempo en que estén suspendidos. 
 
Por lo anteriormente expuesto, es de acordarse y se,--------------------------------------------------------------------
 
ACUERDA
 
PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto en la fracción V del artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y por ser conveniente para la debida prosecución de la integración de la investigación a que se refiere el expediente al rubro, se ordena la suspensión temporal de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, misma que cesará en el momento que así sea determinado por esta Autoridad o se emita la resolución correspondiente, sin prejuzgar con respecto a la responsabilidad administrativa a dichos servidores públicos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
 
SEGUNDO. Notifíquese el contenido del presente proveído a los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, para los efectos legales y administrativos correspondientes.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
 
TERCERO. gírese atento oficio a los Representantes de las Comisiones del H. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, para que como Órgano Máximo de Representación de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, provean lo conducente respecto de la medida cautelar determinada en contra de los ciudadanos DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, ING. CARLOS RAMOS VELIZ y DR. ADALBERTO BENAVIDES MENDOZA, en su calidad de RECTOR, DIRECTOR EJECUTIVO DEL PATRONATO, y REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA UAAAN Y ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.-----------------------------
 
ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EN ESTA FECHA, EL M.C. RUBÉN MORÁN OÑATE, CONTRALOR INTERNO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-----------------------------------------
…”
 
Por lo anterior, a efecto de aplicar y hacer efectiva la medida decretada en el expediente en cita, consistente en la suspensión temporal del ciudadano DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, quien se desempeña como RECTOR Y PRESIDENTE DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UAAAN, en este Organismo Público Descentralizado, misma que fue notificada legalmente de manera personal en la oficina que ocupa la Rectoría, el nueve (09) de octubre de dos mil trece (2013), tal y como se desprende de la cédula que en copia cotejada acompaño al presente como ANEXO UNO; solicito a Ustedes, que en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, convoquen y celebren asamblea en la que se tome el acuerdo de proceder a ejecutar y cumplir con lo decretado por el suscrito en el acuerdo de suspensión de mérito, instruyendo a las Áreas Administrativas correspondientes acaten dicha instrucción, dejando constancia original con firma autógrafa de dicho acuerdo en el expediente de personal del ciudadano DR. ELADIO HERIBERTO CORNEJO OVIEDO, para lo cual acompaño al presente el mismo.
 
Asimismo, solicito se informe a esta Contraloría Interna, las instrucciones que se giren al respecto, enviando original o copia de las constancias que las contienen, para el efecto de que éstas sean integradas al expediente administrativo de investigación identificado como I-C.I./UAAAN/002/2013.
Sin más por el momento, agradezco la atención que se sirvan dar al presente.
 
A T E N T A M E N T E
 
ALMA TERRA MATER
 
M.C. RUBÉN MORÁN OÑATE
CONTRALOR INTERNO
 
Aquí termina el Oficio de la Contraloría Interna de la UAAAN que adjunta copias a: C.P.C. Juan Manuel Portal Martínez. Auditor Superior de la Federación; Lic. Víctor José Lazcano y Beristain. Director General de Responsabilidades de la ASF; Ing. Lorenzo Castro Gómez. Secretario General; H. Consejo Directivo; Archivo/Minuta.
 
OBSERVACIÓN: EXISTE DESACTO DEL INHABILITADO RECTOR POR LAS SITUACIONES ANTES MENCIONADAS, PERO TAMBIEN POR OTRAS MUCHAS SITUACIONES, COMO LA DE NO CUMPLIR CON EL ACUERDO DE LA REMOCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO ACORDE CON EL DICTAMEN DE LA H. COMISIÓN SANCIONADORA; Y AQUELLOS EX INTEGRANTES QUE SIGUEN FIRMANDO OFICIOS, NO SON VALIDOS, ALGUNOS SON PUBLICOS Y DADOS A CONOCERSERSE AL PROPIO CONSEJO UNIVERSITARIO, POR LO QUE DEBEN ACTUAR NUEVAMENTE LA H. COMISIÓN SANCIONADORA Y H. COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA, PUES DICHOS INDIVIDUOS NO DEBEN ESTAR POR ENCIMA DEL ACUERDO TOMADO POR LA MAXIMA AUTORIDAD UNIVERSITARIA, A TITULO DE QUE O QUIEN FIRMAN COMO INTEGRANTES SI YA FUERON DESTITUIDOS, DEBEN SER INHABILITADOS PARA OCUPAR PUESTOS EN LA INSTITUCIÓN POR SU FALTA DE HONORABILIDAD, POR LO QUE SE SUGIRE AL H. CONSEJO UNIVERSITARIO CORRIJA DE UNA VEZ POR TODAS ESTA SITUACIÓN.
 
PAZ Y BIEN
 
ARCD
 


miércoles, 16 de octubre de 2013

Reflexión sobre el Artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores

Reflexión sobre el Artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos en las Universidades
 
Por
 
Angel R. Cepeda Dovala
 
“Donde hay educación no hay distinción de clases.” Confucio (551 AC-478 AC) Filósofo chino
 
Para los Servidores Públicos de las Instituciones de Educación Superior (IES) en México, es de vital importancia conocer la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP) [1], en esta Ley Federal se hace alusión entre otros aspectos muy importantes a Valores Ético Morales, como los plasmados en el Artículo 7 de dicha Ley Federal y tratar de mejorar cívicamente en nuestra función Docente en las universidades, y que textualmente dice el artículo mencionado:
 
ARTÍCULO 7.- Será responsabilidad de los sujetos de la Ley ajustarse, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, a las obligaciones previstas en ésta, a fin de salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen en el servicio público.
 
¿Qué opina Usted del Artículo 7?, ¿Se están salvaguardando los Principios de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia en su Universidad por parte de los servidores públicos? Tomemos un ejemplo, en la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN), considerando las dos interrogantes anteriores:
 
¿Qué opina Usted sobre las facultades y obligaciones del Rector de la UAAAN, recientemente Inhabilitado por la Contraloría Interna de la UAAAN?
 
Ley Orgánica, Artículo 20 fracciones 1 a la XII [2], hace alusión a las facultades y obligaciones que el entonces Rector, ahora Inhabilitado debió cumplir, dice textualmente la Ley Orgánica (letras negritas)  y un breve comentario, pues hay muchos, sin letras negritas, para que Usted estimado Lector de Tópicos Culturales de su opinión:
 
ARTÍCULO 20. El Rector, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
 
I. Cumplir y hacer cumplir esta Ley Orgánica, el Estatuto y los reglamentos que de ella emanen;
 
Comentario 1. El Rector y los Coordinadores cometieron un Plagio del Reglamento del PEDPD que fue realizado por la anterior Gestión Administrativa de la Institución (2006-2010), cambiaron en su Reglamento el Nombre de Rector y Sustituyeron los nombres de nuevos funcionarios o servidores públicos con fecha del 2008, año en que aún no era Rector, dicha situación no ha sido aclarada oficialmente ni por escrito ni verbalmente ante el Consejo Universitario.
 
II. Convocar y presidir las reuniones del H. Consejo Universitario con voz pero sin voto;
 
Comentario 2. Ha existido ausentismo en muchas reuniones del Consejo Universitario (CU), delegando y evadiendo su responsabilidad continuamente, en ocasiones les grita a los Consejeros Universitarios y coarta la libertad de expresión a integrantes de la comunidad universitaria.
 
III. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del H. Consejo Universitario;
 
Comentario 3. Existen Dictámenes de distintas Comisiones del Consejo Universitario en donde no ha cumplido con los Acuerdos del CU, como son la Destitución de los Integrantes del Consejo Directivo por no haber cumplido con sus responsabilidades (Dictámenes de la Comisión Sancionadora aprobada por el H. Consejo Universitario, y el Dictamen de la Comisión de Honor y Justicia en el mismo sentido que ni siquiera ha sido leído ni discutido por que el Presidente del CU lo omite en la Lectura de Correspondencia.
 
IV. Designar y remover a los funcionarios en los casos en que el Estatuto expresamente lo faculte;
 
Comentario 4. Se removieron a casi todos los Directores por no haber cumplido con sus responsabilidades, pero los premia dándoles el Nombramiento de Asesor del Rector, como son los casos del incompetentes Director de la Unidad de Planeación y el Director de Licenciatura, y este último ex director nunca ha impartido ninguna Cátedra, no realiza Investigación ni tampoco ha realizado nunca Proyectos de Desarrollo; otros directores removidos fueron la Directora Administrativa que previamente fue Inhabilitada por la Contraloría Interna de la institución, y el Director de Comunicación que lo destituyo injustamente y al parecer demando a la UAAAN, situación que no han explicado al CU; también fue destituido el Director General Académico, únicamente no ha sido destituido el Director de Investigación a pesar de que hay muchas quejas en esta Función Sustantiva.
 
V. Rendir ante el H. Consejo Universitario el informe anual de las actividades de la Universidad, conforme lo determine el Estatuto;
 
Comentario 5. No ha rendido sus Informes de Actividades en tiempo y forma con lo previsto en la Normatividad, presentó un Informe Bianual, si el Rector no rinde informe, en tiempo y forma, tampoco los Directores y Coordinadores lo han hecho, con la salvedad de la UAAAN-Campus Laguna.
 
VI. Ejecutar las medidas disciplinarias en los términos que señalen el Estatuto y los reglamentos;
 
Comentario 6. No habido medidas disciplinarias al no acatar los Acuerdos del CU, por ejemplo, la remoción de los integrantes del Consejo Directivo que actúan de una forma irresponsable contrario a los lineamientos institucionales.
 
VII. Gestionar los recursos necesarios para el mejor logro de los objetivos universitarios;
 
Comentario 7. Existe un sub ejercicio presupuestal en muchos Programas y Proyectos, el Presupuesto más alto que ha tenido la UAAAN fue el que les dejo la anterior Gestión Administrativa (2006-2010), y sus gestiones 2011-2014, han ido en decremento por un pésima gestión presupuestal, además de las Irregularidades detectadas por la Auditoría Superior de la Federación en el 2011, y faltan las auditorias 2012 y 2013 una vez que concluya el año y acorde con los procedimientos de las instancias competentes.
 
VIII. Coordinar las actividades de los órganos de gobierno y el funcionamiento general de la  Universidad;
 
Comentario 8. No existe ningún plan de trabajo aprobado por el CU para coordinar las actividades y no se ha rendido un Informe pormenorizado de cuales han sido las actividades, pues al fecha, por ejemplo, la actual administración no ha propuesto ningún Reglamento Universitario, no existen reglamentos para las coordinaciones académicas previamente sancionadas por las comisiones pertinentes, tampoco el acuerdo reciente de someter a la Comisión Legislativa del reglamento del consejo directivo.
 
IX. Presentar ante el H. Consejo Universitario, para su sanción, los planes, programas y presupuestos necesarios para el logro de los objetivos universitarios en los términos que establezca el Estatuto y los
reglamentos;
 
Comentario 9. Es fecha que no se ha presentado el Plan de Desarrollo Institucional debidamente alineado con el Plan Nacional de Desarrollo y debidamente consensuado en los distintos sectores magisteriales, los Programas Docentes Acreditados al 100% se redujeron drásticamente durante la actual gestión, los presupuestos se han desfasado por no presentar oportunamente los proyectos presupuestales tanto a la Comisión de Planeación, como a la Comisión Hacendaria, que gracias a ellas y al Consejo Universitario se aprobó el Presupuesto 2013.
 
X. Otorgar, delegar, sustituir y revocar poderes generales y especiales conforme a las leyes vigentes;
El Rector, la directora administrativa, el encargado del patronato, y un responsable de proyecto (PEMEX) han sido Inhabilitados por la Contraloría Interna de la UAAAN, siguiendo indicaciones de la ASF tal como se dio a conocer en Reunión de la Contraloría recientemente en la UAAAN-SEDE, informado por escrito al Consejo Universitario; la rectoría y su equipo quieren sustituir al Contralor, cuando no es su función pues es un nombramiento que le fue dado por el Consejo Universitario. Publican parcialmente información sobre las Irregularidades encontradas por la ASF, pero omiten la información proporcionada por la Controlaría Interna, en este caso no se cumple el Principio de la Imparcialidad.
 
XI. Celebrar todo tipo de convenios para el cumplimiento de los fines de la Universidad, con las limitaciones que se deriven de esta Ley Orgánica y sus reglamentos; y
 
Comentario 11. Desde el inicio de la actual gestión universitaria posiblemente han dejado muchos Convenios como el de la UAAAN-UNAM, UAAAN-COECYT COAHUILA, que pese a invitación especial al Rector, Secretario General y Directora Administrativa no acudieron a apoyar el Plan de Ciencia y Tecnología para Coahuila hasta el año 2025, brillaron por su ausencia las autoridades al evento del COECYT-COAH.
 
XII. Las demás que señale este ordenamiento, así como las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
 
Comentario 12. Hay mucha suciedad en la UAAAN, hace falta labores de limpieza, y atención a las aulas, sanitarios, oficinas de profesores con goteras que más bien parecen baños con regaderas, y no se hace nada para eliminar comidas chatarras que pueden dañar la Salud de la Comunidad Universitaria acorde con los Lineamentos de la SEP en este sentido. ¿Y los Códigos de Ética de los Programas Docentes?, ¿Cómo podre mejorar mi función Docente con los alumnos en las materias que imparto?
 
Nuevamente distinguido Lector de Tópicos Culturales ¿Usted qué Opina?
 
"El único Estado estable es aquel en que todos los ciudadanos son iguales ante la ley" Aristóteles
 
PAZ Y BIEN
 
ARCD
 
Notas
 
[1] Cf. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en:
 
[2] Cf. Ley Orgánica y el Estatuto de la UAAAN, en: www.uaaan.mx
 


jueves, 10 de octubre de 2013

Un Verso de Amor: Cada Estrella es para Ti, Por Angel R. Cepeda Dovala

Un Verso de Amor: Cada Estrella es para Ti, Por Angel R. Cepeda Dovala
Cada Estrella es para Ti
Cuando mires en la eternidad del cielo las estrellas
 
Siempre preciosa del alma mía acuérdate de mí
 
Pues en cada estrella hay un beso apasionado
 
De amor sincero y un feliz abrazo para ti
 
ARCD


domingo, 6 de octubre de 2013

Mozart: Pequeña Serenata Nocturna

Mozart: Pequeña Serenata Nocturna
 
Por
 
Angel R. Cepeda Dovala
 
Música para el Alma de Mozart: Serenata No.13 en Sol Mayor "Pequeña Serenata Nocturna" (Eine Kleine Nachtmusik), K.525: Mov.1 Allegro, con la Orquesta Filarmónica de Berlín dirigida por Herbert Von Karajan, no deje de escucharla y ver video en el siguiente enlace de You Tube:
 
 
PAZ Y BIEN
 
ARCD


sábado, 5 de octubre de 2013

Cuento Dominguero. La Polilla Venga Dora y el Buitre Apolillado en: Asuntos Jurídicos Universitarios of Anthony Research Center at Salti-Ranch

Cuento Dominguero. La Polilla Venga Dora y el Buitre Apolillado en: Asuntos Jurídicos Universitarios of Anthony Research Center at Salti-Ranch
 
Por
 
Angel R. Cepeda Dovala
 
Pensamiento Poético (1)
 
No soy un Poeta para decir versos cual saeta
Pero lo que pasa en la UAAAN a todo mundo desespera
Contratos sindicales violados que auguran Paros y Huelgas
De las Normas y el Código de Ética ya nadie se acuerda
 
Introducción
 
Hola mi estimado Polilla Venga Dora ¿Cómo estás? le dice el Buitre Apolillado a su Venerable Hermano, pues estoy bien bueno como siempre pero me aguanto, nomás no lo comentes mucho, porque luego, luego, van a tratar de abrazarme muchas amigas, bueno pueden tocar poquito pero sin mallugar, ¿Y tú como has estado Buitre Apolillado?, igual que tú siempre muy optimista.
 
1.       El Buitre Marinero y el Buitre Men Di Go
 
Fíjate que me encontré a otros venerables hermanos que andaban en sus vuelos cíclicos de rutina en lo alto de las Codilleras del Indio Muerto (Zapaliname) haciendo sus Tareas de Limpieza Ecológica, y entre la parvada de Buitres, dos de ellos eran el Buitre Marinero y el Buitre Men Di Go, o sea el Buitre Navegante y el Buitre Mendigo, si pero el nombre de Buitre Men Di Go está en clave ¿Por qué? Porque Men Di Go en la parvada Buitre significa Hombres Di Vamos por el Buen Camino y el Cambio; bueno, ellos me comentaban acerca de las triquiñuelas de una Abogada llamada Ma. Merta Autillo Pescado con dientes de tiburón apirañado, of the Anthony Research Center of Sali-Ranch, intercalando sus 4 Versos de Pensamientos Poéticos los Buitres hablan sobre la Justicia -vs- injusticia en tu Universidad*, de los cuales el primero se dijo al inicio para ver si agarra Conciencia la Comunidad pues nomas me quedan dos neuronas ¿Y cuáles son esas dos neuronas? Bueno en forma metafórica es la WebOna y la Tonteja, por no decir una palabra altisonante, así que hare un Esfuerzo Titánico para recordar lo que ellos me platicaron. Ok, cuéntame el Relato del Notichisme of the Reality Show Academic, y lo que estos ilustres y Venerables Hermanos Buitres han escuchado:
 
Special Report about: La Lic. Ma. Merta Autillo Pescado Titular del Departamento Jurídico de la Triple AAA del nombre of the Narro University
 
2. Explicación Ontológica (Ser), Gnoseológica (Saber), Epistemológica (Conocimiento), y Etimológica (Origen) del Nombre de Ma. Merta Autillo Pescado
 
Oye Buitre Navegante, dime Men Di Go, que feo nombre me lo podrías explicar, claro que si con mucho gusto, Ma. Es una abreviación de María, pero como la acta de nacimiento de esta persona dice Ma., pues así se llama ¿Y Merta?, posiblemente sea una palabra derivada del Mar T ache A, así que le quitaron letras y sustituyeron una “a” por una “e”, por ello se lama Ma. Merta, ¿Y su apellidos?, bueno Auto en diminutivo despectivo se dice Autillo, que le presta el anillo a su rectorcillo, fíjate Venerable Hermano Buitre Navegante que Auto es sinónimo de Carro  y el diminutivo despectivo es “Carrillo”, ¡Mira que coincidencia, Verdad!, así es; y el segundo apellido Pescado ¿De dónde proviene? Pues viene de la palabra Pez, que en singular femenino se dice: “La Pez”, en singular masculino “El Pez” y singular neutro como dicen los “geytores”: “Lo Pez”, al parecer de ahí viene el Pescado, que se oye mejor que Lo Pez, hablando etimológicamente.
 
3. ¿Y qué hace la Lic. Ma. Merta Autillo Pescado?
 
Bueno dicen categóricamente que es Asesora personal de Ma. Lana Góngurus Quiña Quiña; asidua a contratar personal que le hagan la chamba, subcontrata también abogados de Salti-Ranch para llevar asuntos de demandas mercantiles con proveedores desde el inicio de la Administración de Elodio Cornejo, que como el cangrejo siempre va para atrás, de mal en peor; y resulta que la Abogada Autillo va siempre contra la Universidad, muchas de las demandas mercantiles han sido pérdidas en amparos de primer y segunda instancia de tribunales por lo que su Modus Operandis, es muy claro, perder demandas para después ganar al negociar con abogados y llevarse sus tajadas jugosas entre ella y la Maestra Góngurus Quiña Quiña, mejor conocida en el ambiente de contratistas y proveedores como “la señora de los dineros y chequeras” cuyo lema es “te pago pero mochate”, o sea, “mochirilis liri león o no hay negociación”, pero además ha utilizado como mediadora a una tal Lic. Penélope, ¿Quién más estará involucrado en tan sustanciosa actividad? Y ¿Cuál es el Riesgo que corre Universitarios of Anthony Research Center at Salti-Ranch? Pues ni dada más ni nada menos que la Universidad corre el riesgo de embargo de cuentas bancarias gracias a estas señoras, ¡Ya lo verá en los próximos días!
 
4.  ¿A poco todo eso te platicaron Hermano Buitre? ¡Fíjese que sí! Y aquí va el segundo verso del Buitre Navegante y el Buitre Men Di Go
 
Pensamiento Poético (2)
 
Muchos se callan con dinero pues tienen falsa dignidad
Su silencio los delata por aceptar migajas en la obscuridad
La directora administrativa fue deshabilitada y el picudo del patronato
Listona de egoístas mártires menesterosos han sido sus beneficiarios
 
Comenta la Polilla al Buitre Apolillado con respecto a la directora deshabilitada y el “picudo”: Sí los beneficiarios hubiesen sido gente sencilla, silvestre del campo y de corazón humilde, ¡Nada diríamos verdad!, así es nada diríamos considerando las providencias y permisos que brinda la Normatividad y el Estado de Derecho, pero al parecer es un caso contrario, fíjate que el Pensamiento del Buitre Navegante y el Buitre Men Di Go tienen toda la razón, dichas personas han cometido una injusticia que debe pagar acorde con la Justicia de la Nación. Pero continuemos con el Relato.
 
5. Comportamiento Parcial de Ma. Merta Autillo Pescado que no da Clases, ni realiza Investigación ni tampoco Labores de Desarrollo en la Universidad
 
Es muy obvio el comportamiento parcial de esta Lic. Autillo Pescado en las decisiones y asesoramientos personal y de intereses con personajes de la administración actual: Edward La Colorina, Jelipa Sin Morrales, Ma. Lana, Elodio y el Varón de Cuencame; defiende a una pésima administración pero no a nuestra noble Universidad, pues hasta el momento no ha sido nada Institucional.
 
6. ¿Pruebas de lo indicado anteriormente?
 
Prueba de ello son las más de 80 notificaciones a personal académico y administrativo de la UAAAN perdidas en diligencias ante tribunales por no haberlas atendido en tiempo y forma, pues no es su interés y aparte es “más chamba para ella”, con tanto personal en el jurídico?; sabía Usted que esta señora fue jefa del Departamento de Recursos Inhumanos, perdón quise decir Humanos, fue corrida por incompetente en la época de Eltello Pescado alias el Vampiro, que no da clases pero el muy listillo si cobra su quincena, disque tiene Año Sabático Permanente al igual que otra veintena, treintena o cincuentena de Profesores e Investigadores, valla Ud. a saber.
 
7. ¡Mira qué Bonito comenta la Polilla! y ¿luego que hizo esta Abogada?
 
Pues demando a la Universidad ¿Cómo? ¿ A Nuestra Alma Terra Mater? ¡sí! y se llevo una jugosa tajada pues su “marido” (que así se le conoce al “viejo” en el bajo mundo) en ese entonces era jefe del Departamento Jurídico de la Universidad. ¡Mira que Paike! ¡Casi toda su Familia Feliz Works at Anthony Research Center!, ¡Esto ya calienta de a Madre!
 
8. ¿Oye Buitre Apolillado que te comentaron acerca de la Contratación de esta Abogada?
 
En esta administración del 2011 a la fecha tiene contratados, con el visto bueno, del Varón de Cuencamé, Góngurus Quiña Quiña, Edward La Colorina, y Elodio, a dos Hermanos: un CP. Peter C. L.  con oficina en el pentágono y manejando recursos de algún proyecto especial, y una Sra. Hermelinda que según dicen en el área de recursos humanos la contrataron como eventual para completar su pensión del seguro, la narro benevolente le dio trabajo un año a año y medio para pensionarse.
 
No se hable de los asesoramiento y argumentos leguleyos en materia de contratos colectivos, en el 2011 se le fueron las cabras y no asesoro bien a su patrones en la firma de reconocidas prestaciones económicas que son la causa de dolor de cabeza de la Sra. Góngurus Quiña Quiña, caso primas de antigüedad, bonos sindicales, etc. en recursos humanos. ¿Y los Notables Asesores del Rector? ¿Estarán también en la lista de entre los 16 o 20 millones de pesos que no ha comprobado el Odio y un llamado Nal Gon ex director de investigación de la época del so-taco que se da mucho taco conocido como el Queco?, Por ambición y codicia estos cínicos, ahora están sufriendo por un Proyecto robado a Soil Science Departament. ¿Estarán preparando una campañita para la elección de rector con dinerito de la Universidad otorgados por la federación y el patronato del picudo? Aunque renuncio el Picudo Brown Face (picudo cara cafecita) y entro al patronato otro Picudo Black Face (picudo cara negrita), no los exime de la responsabilidad de dar cuentas claras y con Transparencia.
 
Pensamiento Poético (3)
 
Tanteando, tanteando ya tienen un silla con “el odio”
Y como Judas traidores disque se dedican a trabajar
En realidad ya están en plena campaña electoral
Gastándose el raquítico presupuesto federal
 
Por cierto la Abogada ¿Estará contratada como profesora investigadora?, ¿Por honorarios? o ¿cobrando como Jefa de Departamento? Dicen que esta como Profesora Investigadora “A” y cobrando como subdirectora en el Departamento jurídico (igual que en su momento su compadre Edward La Colorina, el picudo, y ahora el mismo “cocodrilo” el del consejo; quizás los del des-consejo in-directivo puedan dilucidar tal situación, o bien la H. Comisión de Honor y Justicia podrían tomar cartas en el asunto y dar decisión a favor de nuestra institución y apoyar el rescate de los 55 millones que le deben a pensiones y que afecta a todos los trabajadores de su Universidad, a la que la Lic. Ma. Merta Autillo Pescado actúa también en contra de todos los agremiados.
 
¡Fuera de tu Universidad estos tipos de bichos, alimañas, energúmenos, rufianes y asquerosas sanguijuelas!
 
Pensamiento Poético (4)
 
Los buitres no seremos vergüenza de los demás
Pues como ave majestuosa dan limpieza ambiental
Así la Polilla devora la injusta maldad 
Para que renazca la Justicia en tu Universidad
 
9. Colorín pero bien colorado este Cuento Dominguero se ha terminado. Los comentarios de este relato pertenecen a The Reality Show Academic, no se tiene nada personal con ninguna de las personas mencionadas y fueron cambiados sus nombres acorde con los Derechos Humanos en el cuento. Son cuestiones de la Adversidad y Pluralidad Universitaria en donde se observa un Comportamiento negativo que no respeta ningún Código de Ética.
Paz y Bien
ARCD
 
 
 


viernes, 4 de octubre de 2013

Poesía: La Justicia -vs- injusticia en tu Universidad

Poesía: La Justicia -vs- injusticia en tu Universidad
Por
Angel R. Cepeda Dovala
 
No soy un poeta para decir versos cual saeta
Pero lo que pasa en la UAAAN a todo mundo desespera
Contratos sindicales violados que auguran Paros y Huelgas
De las Normas y el Código de Ética ya nadie se acuerda
 
Muchos se callan con dinero pues tienen falsa dignidad
Su silencio los delata por aceptar migajas en la obscuridad
La directora administrativa fue deshabilitada y el picudo del patronato
Listona de egoístas mártires menesterosos han sido sus beneficiarios
 
Tanteando, tanteando ya tienen un silla con “el odio”
Y como Judas traidores disque se dedican a trabajar
Otros andan en plena campaña electoral
Gastándose el raquítico presupuesto federal
 
Los buitres no seremos vergüenza de los demás
Pues como ave majestuosa dan limpieza ambiental
Así la polilla devora la injusta maldad
Para que renazca la Justicia en tu Universidad
 
PAZ Y BIEN
ARCD
 


Compartiendo un Libro con Alumnos y Público en General

Compartiendo un Libro con Alumnos y Público en General
 
Por
 
Angel R. Cepeda Dovala
 
“De los diversos instrumentos inventados por el hombre, el más asombroso es el libro; todos los demás son extensiones de su cuerpo… Sólo el libro es una extensión de la imaginación y la memoria”. Jorge Luis Borges.
 
Para los alumnos que cursan actualmente Metodología de la Investigación (2 grupos), Bioética, Introducción a las Ciencias del Suelo, Prácticas Profesionales, y para el público en general interesados en la Temática de Extensión Agrícola a través de Proyectos de Desarrollo, se comparte el siguiente libro, como un Recuerdo a lo que fue una excelente Gestión Administrativa de la UAAAN (2006-2010).
 
Título de la obra: Proyectos de Desarrollo UAAAN
Subtítulo: Resumen & Abstract 2008-2009
ISBN: 978-607-7692-25-6
 
Autores:
Angel Rumualdo Cepeda Dovala
Jorge Galo Medina Torres
Juan Manuel Cepeda Dovala
 
Ver Libro en:
 
Paz y Bien
 
ARCD


Calendario Tópicos Culturales 2011

Calendario Tópicos Culturales 2011
Our Lady in Art

ICHTHYS

ICHTHYS
ichthys

MEMORARE

MEMORARE
IN MEMORY YOLANDA BEHRA

ICHTHYS

ICHTHYS
ICHTHYS

Mi Novena Oración de la Rosa Santa Teresita

Mi Novena Oración de la Rosa Santa Teresita
Mi Novena "Oración de la Rosa"

Oración a San Judas

Oración a San Judas
San Judas, Ruega por Nosotros

¡Feliz Navidad y Venturoso Año Nuevo 2010!

¡Feliz Navidad y Venturoso Año Nuevo 2010!
¡Feliz Navidad y Venturoso Año Nuevo 2010!

Acróstico

Acróstico
Sonia = Sofía

¡Feliz Pascua 2009!

¡Feliz Pascua 2009!
Pascua.arcd

Pascua 2008

Pascua 2008
¡Felices Pascuas de Resurrección!

Navidad y Año Nuevo 2008

Navidad y Año Nuevo 2008
Feliz Navidad y Próspero Año 2008

Calendario 2013

Calendario 2013
Juan Pablo II

CALENDARIO 2013

CALENDARIO 2013
Virgen María en el Arte

Calendario 2013

Calendario 2013
Benedicto XVI

Pascua 2013

Pascua 2013
Jesucristo El Buen Pastor

feliz día de las madres 2012

feliz día de las madres 2012
feliz día de las madres 2012

DICIEMBRE 2012

DICIEMBRE 2012
DICIEMBRE 2012

NOVIEMBRE 2012

NOVIEMBRE 2012
NOVIEMBRE 2012

OCTUBRE 2012

OCTUBRE 2012
Octubre 2012

SEPTIEMBRE 2012

SEPTIEMBRE 2012
SEPTIEMBRE 2012

AGOSTO 2012

AGOSTO 2012
AGOSTO 2012

JULIO 2012

JULIO 2012
JULIO 2012

JUNIO 2012

JUNIO 2012
JUNIO 2012

MAYO 2012

MAYO 2012
MAYO 2012

ABRIL 2012

ABRIL 2012
ABRIL 2012

MARZO 2012

MARZO 2012
marzo 2012

FEBRERO 2012

FEBRERO 2012
FEBRERO 2012

ENERO 2012

ENERO 2012
enero 2012

Nuestras Actitudes ante la Vida

Nuestras Actitudes ante la Vida
Actitudes ante la Vida

SEASON OF CHRISTMAS

SEASON OF CHRISTMAS
DECEMBER 25, 2012-JANUARY 6, 2013

¡FELIZ PASCUA 2012!

¡FELIZ PASCUA 2012!
pascua 2012

Cátedra de San Pedro

Cátedra de San Pedro
St. Peter

14 de Febrero

14 de Febrero
Día de San Cirilo y San Metodio

Conversión de San Pablo

Conversión de San Pablo
Francesco Mazzola (1503-1540)

Manifiesto Universitario UAAAN

Manifiesto Universitario UAAAN
Documento Firmado y Recibido Enero 2013

Manifiesto Remoción Rector UAAAN

Manifiesto Remoción Rector UAAAN
Documento, Enero 2013

Bendición

Bendición
Feliz Navidad y Ventuoroso Año 2013

happy new year 2012

happy new year 2012
2012

Feliz Navidad 2011

Feliz Navidad 2011
Venturoso Año 2011

CUADRO 1. SÍNTESIS NEMOTÉCNICA UAAAN 2006-2012

CUADRO 1. SÍNTESIS NEMOTÉCNICA UAAAN 2006-2012

CUADRO 2. SÍNTESIS NEMOTÉCNICA UAAAN 2006-2010

CUADRO 2. SÍNTESIS NEMOTÉCNICA UAAAN 2006-2010

SHORT COMMUNICATION 1 ROGER BEHRA

SHORT COMMUNICATION 1 ROGER BEHRA
Fig. 1. Development of Human Being. (Roger Behra, 2007)

CEREMONIA PARA LA PAZ

CEREMONIA PARA LA PAZ
INVITACIÓN ES.PE.RE.

Cuadro 1.Semillas germinadas y estadísticos descriptivos.

Cuadro 1.Semillas germinadas y estadísticos descriptivos.
ARCD y JMCD

Cuadro 2. Análisis de varianza para la variable número de semillas germinadas.

Cuadro 2. Análisis de varianza para la variable número de semillas germinadas.

Encíclicas de la Iglesia Católica

Encíclicas de la Iglesia Católica
Algunas Encíclicas imortantes de la Iglesia Católica