miércoles, 18 de septiembre de 2013

Reflexión Normativa sobre los Coordinadores en Universidades

Reflexión Normativa sobre los Coordinadores en Universidades
 
Por
 
Angel R. Cepeda Dovala
 
En muchas Instituciones de Educación Superior (IES) del sector público, figura el puesto de funcionario público de Coordinador, detengámonos un momento breve en el significado de esta palabra.
 
Significado de la palabra Coordinador
 
Coordinador es un adjetivo que en singular se refiere a la persona que coordina un grupo de personas, o bien en plural, los Coordinadores son el conjunto de personas elegidas para dirigir y organizar algo.
 
Ejemplo de una excelente dama Coordinadora
 
Una Coordinadora de Padres de Familia se reunió con la Dirección de una Universidad, para ver cómo van sus hijas(os) durante el ciclo escolar, y considero los tres factores de Aprendizaje: Actitudes, Aptitudes y Contenidos, porque las Actitudes tiene que ver con el “Quiero aprender” y está relacionado con el Valor de Capacidad, en tanto que las Aptitudes, tienen que ver con el “Quiero aprender” y está relacionado con el Valor de la Voluntad, y los Contenidos se refiere al Plan de Estudio y está relacionado con el Valor de la Perseverancia.
 
Un excelente Coordinador
 
Un excelente Coordinador Universitario debe observar y practicar sus funciones encomendadas y plasmadas en la Normatividad Universitaria, y considerar los Factores del Aprendizaje, por ejemplo, en la UAAAN el Estatuto Universitario, algunos artículos que habla sobre los Coordinadores de División son del 194 al 198, que no hacen alusión a los factores del aprendizaje, pero menciona el ARTÍCULO 197.- Llevada a buen término la elección, quien haya sido declarado Coordinador de División electo rendirá protesta en sesión solemne que para el efecto realice el H. Consejo de División respectivo. A partir de ese momento, el coordinador queda habilitado para ejercer todas sus facultades y obligaciones, según lo establece la Ley Orgánica, el estatuto y demás ordenamientos institucionales.
 
Artículo 239 del Estatuto Universitario
 
Acorde con el Art 239 los Coordinadores son una autoridad competente para investigar la existencia de violaciones a los reglamentos correspondientes: pero si ellos cometieron plagio de reglamentos, entonces ¿Cuál es su Autoridad Competente?, más bien son una autoridad incompetente porque además de que no realizan Informe de Actividades ni a su Consejo Divisional, ni a su Comunidad que los eligió, ni mucho menos al Consejo Universitario, ¿Qué se puede esperar de estos tipo de coordinadores? Y se justifican, pues si su Rector no Informa, ni en tiempo y forma, los Directores y Coordinadores tampoco, ¡Qué Vergüenza, descaro y cinismo!, los coordinadores no deben des-coordinar las actividades academicas, al contrario.
 
Los Coordinadores  fueron electos en una Comunidad Divisional y nadie les dio la función de andar de achichicles y lambiscones del rector en turno, ni solapar sus arbitrariedades en todos los niveles, por lo que están coludidos en la corrupción, por ejemplo, Cobran Compensación,  pero no Informan a nadie,  quizás hay excepciones, pero los que ni siquiera se toman la molestia de informar, aunque sea una página de 30 renglones por mes, pero si tienen tiempo de cobrar religiosamente y mensualmente su jugosa compensación.
 
Va de nuevo, desde el punto de vista Normativo los Coordinadores son mencionados en el Artículo 239 que dice textualmente: 
 
Son autoridades competentes para investigar la existencia de violaciones a los reglamentos correspondientes:
 
I. El Consejo Universitario.
II. El Rector.
III. El Secretario General.
IV. Los directores regional, general académico, de función y de apoyo.
V. Los Coordinadores de división.
VI. Los jefes de departamentos académicos y administrativos.
VII. El Contralor de la Universidad.
VIII. Las demás que señale el presente estatuto y el reglamento respectivo.
 
Observación: Con excepción del Contralor de la Universidad (Fracción VII) todos los demás mencionados en este artículo han violado la Normatividad, y plagiado reglamentos por lo que son autoridades incompetentes, por ello no quieren al Contralor de la Universidad y esperamos que pronto se dé a conocer todas las irregularidades  y acciones que se deben tomar al respecto considerando los lineamientos de la ASF, y sean sancionadas las personas que cometieron dichas irregularidades e ilícitos.
 
Imagínese Usted acorde con la ASF se violentaron diversas Leyes Federales y dice al respecto: Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:
 
1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículos 59, fracción I, inciso b, y 65, fracción XI. 2. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículo 66, fracción III.
 
3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: artículo 48, fracción II
 
4. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: artículo 59, párrafo segundo
 
5. Ley del Impuesto Sobre la Renta: artículos 113 y 127.
 
6. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 1 y 5D; Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 1A; Estatuto Universitario, artículos 2, fracciones II, III, V, VI y XIV, y 48.
 
Si la evasión fiscal es un delito conforme al Estado de Derecho ¿Qué tipo de delincuentes gobiernan a la UAAAN?, ¡Qué falta de Responsabilidad y Coresponsabilidad en el mal uso y abuso del Valor de la Autonomía Universitaria en el sin control presupuestal! ¿Habrá castigo conforme al Estado de Derecho?
 
Volviendo al tema de los coordinadores y el consejo directivo. Fíjense bien, mucho ojo,  los coordinadores no son capaces de hacer informe de actividades y darlas a conocer a sus base magisterial y al alumnado que le dio la confianza de Coordinar, pero eso si andan defendiendo a capa y espada a las malas autoridades que tenemos y el desfalco de millones de pesos y ante toda la serie de irregularidades callan ¿Por qué?  porque son cómplices,  y están coludidos con todos los directores, subdirectores y jefes de departamento, pero eso sí,  los coordinadores son bien reglistas, conocen todos los reglamentos y artículos pero no los aplican hacia el interior de sus divisiones, por ejemplo, Las Coordinaciones de División no tienen un Reglamento Divisional aprobado por el H, Consejo Universitario, sometido previamente a la Comisión Legislativa ¿Qué opina la actual Comisión Sancionadora, la del Estatuto y de Honor y Justicia al Respeto, dicho sea con Respeto?, y ¿el consejo directivo nunca se ha fijado en este hoyo obscuro y pestilente que atenta a la Normatividad UAAAN y los intereses académicos en sus funciones sustantivas?, pues si ellos tenían un “reglamento absolutista” por arriba de todos, igualito a los “reglamentos divisionales” que no tiene la aprobación del H. Consejo Universitario, previo Dictamen de las Comisiones competentes, en el caso del consejo directivo el consejo uiversitario tomo cartas en el asunto y  ya enviaron el reglamento a la Comisión Legislativa, ahora bien, a ver quién va bajarles los humos a los coordinadores.
 
Sinónimos de Coordinador: Director, Reglamentador
 
Son sinónimos de Coordinador: organizador, Director, regularizador, regulador, Reglamentador; luego entonces, para eficientar la función académica, debería desaparecer la figura de coordinador y mejor llamársele Director de División, pero también los coordinadores son sinónimo de reglamentadores pero ¿Cuántos Reglamentos han propuesto? ¡Ninguno! Igualitos que la actual administración, no han propuesto ningún reglamento, pero salieron muy buenos para plagiar, bueno el ultimo que propusieron del PEDPD que fue un Plagio que no han aclarado, pese a que lo corrigieron en Internet, pero el hecho es un precedente que no debe quedar impune y debe ser aclarado públicamente, ¡No más plagios autoridades administrativas! ¿Qué opinan los que todavía les queda algo de Materia Gris en su Cerebro al respecto?, ¿Existe la Honorabilidad?
 
PAZ Y BIEN
 
ARCD